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IGJ y Planes de Ahorro



Mediante la RG 20/2021, publicada el día 30/12/2021, la IGJ resolvió extender la vigencia de las medidas oportunamente implementadas para preservar la capacidad de pago de los suscriptores de planes de ahorro previo, para permitir la continuidad de sus contratos así como también el cumplimiento del objeto y la preservación del sistema de ahorro previo. En este sentido, prorrogó hasta el 31/03/2022: (i) el plazo de vencimiento para ejercer la opción del diferimiento previsto en el artículo 1°de la RG 14/2020 y sus modificatorias; (ii) los plazos establecidos en el art. 7°, inc. 2 y 4, de la RG 14/2020 y modificatorias, relativos a la condonación de los intereses punitorios devengados por falta de pago y la inaplicabilidad del límite previsto en los contratos para que el suscriptor rechace las adjudicaciones o deje vencer el plazo para su aceptación, respectivamente; (iii) las obligaciones de difusión de los regímenes de diferimiento y de los gastos de entrega de los vehículos; y (iv) la obligación de establecer tratativas extrajudiciales con los suscriptos y garantes, previo al inicio de las ejecuciones prendarias. Link: https://lnkd.in/gBCbfE_m Por cualquier consulta contactar a nuestro socio Diego A. Boltri (dab@abbfp.com.ar) y/o a Michelle Davidson (mid@abbfp.com.ar)




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