IGJ: Simples Asociaciones – Adecuación de Reglamentaciones
Mediante RG 53/20, del día 22/12/20, la IGJ adecúa las reglamentaciones existentes relativas a las simples asociaciones, estableciendo: (i) que el Registro Voluntario de Simples Asociaciones estará a cargo del dpto. registral de la IGJ; (ii) la posibilidad de rubricar el libro “simples asociaciones”, en donde se volcarán los asientos registrales de dichas personas jurídicas; (iii) la documentación que deberán acompañar a los efectos de su registración inicial, como así tambié