IGJ y Planes de Ahorro
Mediante RG 5/21, publicada el 20/04/21, la IGJ extiende las medidas tendientes a preservar la capacidad de pago de los suscriptores de planes de ahorro previo, permitiéndoles la continuidad de sus contratos así como el cumplimiento del objeto y la preservación del sistema. En este sentido, prorroga hasta el 31/08/21: (i) el plazo de vencimiento del ofrecimiento de diferimiento previsto en la RG 14/20; (ii) los plazos previstos en la RG mencionada, en relación a la condonación de los intereses punitorios por falta de pago en término y a la aplicación del límite previsto en los contratos para que el suscriptor rechace las adjudicaciones o deje vencer el plazo para su aceptación. Hasta la misma fecha se mantienen las obligaciones de difusión de los regímenes de diferimiento y gastos de entrega de los vehículos para las sociedades administradoras. Finalmente, establece un régimen de tratativas extrajudiciales previo a iniciar las ejecuciones prendarias que queden expeditas a partir del 03/05/21. Link a RG 5/21
Por consultas relacionadas dirigirse a nuestro socio Diego A. Boltri (dab@abbfp.com.ar) o a Michelle Davidson (mid@abbfp.com.ar).
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