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Reclamos Consumidores post COVID-19: ¿Virtuales o Presenciales?


Mediante la Resolución SC 616/20 del 26/11/20, la Secretaría de Comercio estableció respecto del COPREC, que los reclamos ingresados se tramitarán únicamente mediante la celebración de audiencias por medios electrónicos, hasta tanto se encuentre vigente la emergencia pública en materia sanitaria establecida en la Ley 27.541 y ampliada por el Dto. 260/20 y su modificatorio. Una vez superada la emergencia sanitaria, la Resolución establece que las mismas se realizarán a elección de los consumidores, de manera presencial o por medios electrónicos. Link a la Resolución SC 616/20

Para consultas relacionadas dirigirse a nuestro socio Luciano Fernández Pelayo: lfp@abbfp.com.ar o a Juan Manuel Ezeberry: jme@abbfp.com.ar.

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