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COVID-19: Prohibición de despidos y suspensiones. Medidas Adicionales en la Provincia de Buenos Aire


Con el fin de brindar mayor efectividad al DNU 329/20 y sus modificatorios dictados por el Poder Ejecutivo Nacional que prohibió los despidos (sin justa causa, por fuerza mayor o falta o disminución de trabajo) y las suspensiones (por fuerza mayor o falta o disminución de trabajo), el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires dictó la Resolución 174/2020 que dispone la aplicación de medidas adicionales para los empleadores que intenten llevar adelante alguna de las conductas prohibidas.


En virtud de ello, la Resolución dispuso que los despidos y suspensiones que se dispongan en violación al DNU citado y sus modificatorios, serán considerados como infracciones graves en los términos del Pacto Federal del Trabajo.


En tal sentido, las infracciones graves son sancionadas por el Pacto Federal del Trabajo con multas del 30% al 200% del valor mensual del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente al momento de la constatación de la infracción, por cada trabajador afectado.


Para consultas relacionadas, dirigirse a nuestro socio Juan Berisso: jb@abbfp.com.ar y/o Lucas Ogawa: ldo@abbfp.com.ar.


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