Derecho del Consumidor y Atención a Distancia
Mediante la Resolución 1033/2021 de la Secretaría de Comercio Interior se establecieron los Parámetros Mínimos Obligatorios de Calidad para los Servicios de Atención y Comunicación a Distancia, que brindan los proveedores de bienes y servicios.
Entre otras cosas, se refiere al Trato Digno y Respetuoso, Derecho a la Información, Cobranzas, la disponibilidad de Personas Humanas para atención en caso que sea solicitado, recepción de reclamos de las Asociaciones de Consumidores, Tiempos de Espera, Gratuidad del servicio de Atención Telefónica, Grabaciones, entre otras.
Están exceptuadas las Pymes y la implementación deberá realizarse en 6 meses.
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