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Resolución 21/2020 SRT


Con motivo de las medidas sugeridas por el PEN para disminuir la propagación del Coronavirus “CODVID-19”, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo dictó la Resolución N° 21/2020 que establece -para los empleadores que adopten la modalidad “home office” respecto a sus trabajadores- la obligación de informar a su ART (i) la nómina de personal comprendido en tal medida, (ii) el domicilio de prestación de tareas y (iii) la jornada laboral que cumplirá cada uno.


Asimismo, se dispone la inaplicabilidad de la Resolución 1552/12 de la SRT, por ser estas medidas excepcionales y no corresponderse con una situación típica de teletrabajo.


Para consultas relacionadas, dirigirse a nuestro socio Juan Berisso: jb@abbfp.com.ar y/o Lucas Ogawa: ldo@abbfp.com.ar, abogado en ABBFP&W.

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