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COVID-19: “Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo”


Mediante Resolución Nº 135/2020 del Ministerio de Trabajo dela Provincia de Buenos Aires, se ha dispuesto que los empleadores deben confeccionar, implementar y dar estricto cumplimiento, a un Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo, en el marco del COVID-19.


Debe confeccionarse conformes especificidades que requiera la actividad que desarrolle la empresa, declarada “esencial”,en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires.


Es obligatorio exhibir el protocolo, colocando un ejemplar en el sector de ingreso al establecimiento, en vestuarios y/o comedor (de poseer). También remitirlo al personal vía correo electrónico.


Comunicarse al Comité Mixto de Salud, Higiene y Seguridad en el Empleo, si lo hubiere o a la asociación sindical, en el plazo de veinticuatro (24) horas de confeccionado.


De incumplirse el protocolo o no se ajuste a la normativa, ej. distanciamiento interpersonal, lavado de manos con agua/jabón, provisión y utilización de alcohol en gel, ventilación del lugar, desinfección de objetos y herramientas de uso frecuente,“se considerará infracción muy grave”, pudiendo suspenderse tareas.


Para consultas relacionadas dirigirse a nuestro socio Juan Berisso: jb@abbfp.com.ar, y/o abogada Verónica Lucía Pinto: vlp@abbfp.com.ar.


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